Garantía de los suministros de agua, energía eléctrica y gas natural en la vivienda.
1. Solicitantes: personas consumidoras de los suministros de la vivienda
2. Derecho: mantenimiento de los suministros de agua, energía eléctrica y gas natural mientras esté vigente el estado de alarma (actualmente, hasta 9 de mayo de 2021)
3. Plazo de solicitud: mientras esté vigente el estado de alarma (actualmente, hasta 9 de mayo de 2021)
4. Situación de vulnerabilidad de la persona consumidora: (requisitos arts. 3 y 4 del RD 897/2017, de 6 de octubre)
5. Acreditación de la situación de vulnerabilidad: se acredita frente a la empresa, de alguna de las siguientes formas:
- Si la persona o unidad de convivencia aparece como titular del contracto de suministro: presentando a la empresa suministradora la última factura de energía eléctrica en la cual conste la percepción del bono social de electricidad.
- Si la persona o unidad no puede acreditar la titularidad del contracto de suministro: ha de acreditar la situación de vulnerabilidad de acuerdo con la normativa sectorial (art. 3 RD 897/2017, de 6 de octubre) mediante la acreditación de los servicios sociales o mediadores sociales y acompañando: DNI o NIE del consumidor y de toda la unidad de convivencia y certificado de empadronamiento en vigor del consumidor y de toda la unidad de convivencia.