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Servicio de escolarización

La madre, el padre o los tutores legales trabajan en el centro o centro adscrito

  • Se entiende que el alumno solicitante tiene el padre, la madre, el tutor o la tutora que trabajan en el centro cuando éstos forman parte del personal docente o no docente, ya sean funcionarios públicos o trabajadores con contrato laboral, adscrito al centro por la administración competente. Queda excluido de este concepto el personal de entidades con contrato administrativo y de las asociaciones de madres y padres que presten servicios en el centro.
  • También se da el mismo tratamiento al cónyuge que, aunque no es el progenitor, convive en el mismo núcleo familiar debido a la formación de una nueva familia (familia reconstituida). Para justificar este hecho, es necesario que los dos cabezas de la nueva familia estén casados o sean pareja de hecho y que el progenitor tenga la guarda y custodia (exclusiva o compartida) del alumno/a solicitante.

Puntuación que se otorga:

Para el mismo centro

  • 5,5 puntos si un solo tutor trabaja en el centro.
  • 9,5 puntos si ambos tutores trabajan en el centro.

Para el centro adscrito:

    • 3,5 puntos si un solo tutor trabaja en el centro.
    • 5,5 puntos si ambos tutores trabajan en el centro.

    Documentación

    • En el caso que el lugar de trabajo sea un centro adscrito, es necesario presentar un certificado firmado por el director/a del centro adscrito.
    • En el resto de casos, solo es necesario justificar la condición de familia reconstituida, si es el caso, mediante la siguiente documentación:
      • Libro de familia para acreditar el matrimonio o un certificado de inscripción en el registro de parejas estables.
      • Sentencia judicial o el convenio en que se indique que se tiene la guarda y custodia del menor.