NUEVA AUTORIZACIÓN DE EMPRESA

Transporte público interurbano de viajeros en vehículos de turismo, TAXI

La realización de transporte público de viajeros en vehículos de turismo estará supeditada a la posesión de una autorización expedida por el órgano competente. (Artículo 42.1 de la LOTT)

Para el otorgamiento de la autorización es requisito necesario la obtención previa de la licencia municipal.

En el supuesto de tramitación por parte de una gestoría/representante, se tendrá que presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

REQUISITOS:

1. Tener la nacionalidad española o la de otro Estado miembro de la Unión Europea o, en caso contrario, contar con las autorizaciones exigidas por la legislación reguladora del régimen general de extranjería para la realización de la actividad profesional de transportista en nombre propio.

2. Cuando se trate de una persona jurídica, ésta tendrá que cumplir las siguientes condiciones:

a. Que esté inscrita en el Registro Mercantil, o en el registro público que corresponda.

b. Tener personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.

c. Que tenga ánimo de lucro.

d. Que la realización de transporte público forme parte de su objeto social.

3. Disponer de un domicilio situado en España en el que se conserven, a disposición del Servicio d Inspección, los documentos relativos a su gestión y funcionamiento.

4. Disponer de un vehículo en propiedad, usufructo, arrendamiento financiero o leasing, matriculado en España, que en el momento de solicitar la autorización, no supere la antigüedad de dos años, contados desde la primera matriculación y disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

5. Disponer de dirección y firma electrónica para llevar a cabo y documentar a distancia el contrato de transportes con sus clientes. El cambio de esta dirección deberá ser puntualmente comunicado.

6. Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral i social exigidas por la legislación vigente.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a) Justificante de alta en la Declaración Censal (mod. 036) epígrafe 722 transportes de viajeros por carretera.

b) Escritura de constitución, cuando se trate de persona jurídica.

c) En el caso de que se disponga del vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, se deberá aportar el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

d) Comunicar, el titular de la autorización, la dirección de correo electrónica.

e) Justificante de alta del titular de la licencia en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

f) En el caso de que el turismo tenga 7 plazas, o sea un vehículo adaptado al uso de personas con movilidad reducida, tendrá que presentarse la ficha técnica del vehículo.

g) Licencia municipal de autotaxi.

h) Documento de ingreso de la tasa.