ORGANISMOS INTERMEDIOS

- Con establecimientos ubicados en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Que presten servicios a empresas cuyo IAE no figure en el documento adjunto.
Relación de epígrafes de actividades no subvencionables 2009.pdfRelación de epígrafes de actividades no subvencionables 2009.pdf

 

Se considerarán organismos intermedios:
- Las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas (Pyme), y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores.
- Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios empresariales de apoyo a la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (Pyme), y promuevan proyectos que se ajusten a las actuaciones subvencionables que figuran en la línea de ayudas (1,2,3), sin perseguir en dichos proyectos la obtención de beneficios.
1.1;1.2;1.3;2.1;2.3;2.4;3.1;3.2

EXCEPCIÓN:

Los OI no pueden optar a la ayuda 2.2 Realización de proyectos de desarrollo técnico aplicado.