Autorizaciones excepcionales para aplicaciones aéreas con productos fitosanitarios

La solicitud, el registro y las condiciones para las aplicaciones aéreas con productos fitosanitarios, vienen regulados en el Capítulo VII del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios .(BOE Núm. 223, del 15/09/2012).


A continuación se muestra, en aplicación del artículo 29.1 del RD 1311/2012, la base de datos de las solicitudes y autorizaciones de aplicaciones aéreas que están teniendo lugar en el territorio balear:

 

 

A continuación se pueden consultar los Planes de aplicación aérea aprobados por la DG de Medio Rural y Marino, previa Resoluciónde autorización excepcional de los productos fitosanitarios específicos para cada tratamiento por el MAGRAMA:

 

Núm. ExpedientE
PlaN de aplicacióN
ResolucióN
Comunicados actualizados
2014.1 AAA
PLAN 2014.1 AAA.pdfPLAN 2014.1 AAA.pdf
RESOL. 2014.1 AAA.pdfRESOL. 2014.1 AAA.pdf
-
2014.2 AAA / 2014.3 AAA
PLAN 2014.1 AAA.pdfPLAN 2014.2-3 AAA.pdf
RESOL. 2014.1 AAA.pdfRESOL. 2014.2-3 AAA.pdf
23 _1_.pdf Municipios previstos a tratar del 22 al 26 de octubre en MALLORCA y MENORCA.pdf

NOTA - Además, con al menos 7 días de antelación a los tratamientos se publicarán: las fechas exactas de inicio y finalización de los trabajos; los municipios que serán objeto del tratamiento aéreo; el producto fitosanitario que se empleará; nivel de presencia de la plaga que motiva el tratamiento, indicando los puntos o estaciones de monitorización utilizadas.

Para más información, tel. Punto de Información Ambiental: 900151617