Consejeros de seguridad

  

Pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte por carretera.

La Orden del Ministerio de Fomento 605/2004, de 27 de febrero (BOE núm. 59 de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril y por vía navegable, encomienda a las Comunidades Autónomas la convocatoria de los exámenes a superar por aquellas personas que pretendan la obtención o renovación de los correspondientes certificados de aptitud.

1. Modalidades

Se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera que se tienen que realizar en las islas de Mallorca, Eivissa y Formentera.

a) Para la obtención del certificado, los interesados se deberán presentar a un examen para la modalidad de carretera, pudiendo optar entre examinarse globalmente para todas las especialidades o de forma separada para alguna o algunas de las especialidades siguientes:

-Clase 1 (materias y objetos explosivos)

-Clase 2 (Gases)

-Clase 7

-Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el transporte internacional de mercancías peligrosas (ADR).

-Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno), 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o mezcla de etanol y combustible para motores), 1268 (destilados del petróleo NEP o productos del petróleo NEP) y 1863 (Combustibles para motores de turbina de aviación).

b) Para la renovación, únicamente se podrán presentar al examen correspondiente del certificado que se pretende renovar.

Podrán presentarse a los exámenes de renovación aquellas personas provistas del correspondiente certificado de aptitud que se encuentren dentro del último año anterior a la expiración del plazo de validez.

2. Exámenes

a) Para la obtención del certificado, los exámenes constarán de dos pruebas:

Una primera, en la cual no se permitirá la consulta de textos, que consiste en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas y que versarán sobre las materias incluidas en el ADR 2021.

Una segunda, en la cual se permitirá la consulta de textos legales, excepto aquellos en los cuales figure la solución a los supuestos o apuntes, que consistirá en la realización de un estudio o supuesto que, con referencia al ámbito del modo del transporte y a la especialidad correspondiente, versará sobre las labores y obligaciones a realizar y /o cumplir por el consejero, indicadas en el ADR 2021.

El tiempo máximo de que podrán disponer los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas será de una hora.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará apto al aspirante que obtenga una puntuación igual o superior a 50 puntos en cada una de las pruebas. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

b) Para la renovación del certificado, la prueba de control consistirá únicamente en la realización de la primera de las pruebas expuestas en el apartado a) anterior, y en las mismas condiciones requeridas para el examen de acceso.

c) Tanto el examen de obtención como el de renovación se basarán en el ADR 2021, (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera), (BOE núm. 88, de 13 de abril de 2021) y el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español (modificado por RD 70/2019, de 15 de febrero).

3. Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el BOIB.

Las solicitudes se presentarán en la sede de la Dirección General de Movilidad y transporte Terrestre, sita en la calle Eusebio Estada núm. 28, de Palma; en la sede del Consejo Insular de Eivissa sita en la Avenida de España núm. 49 - Ibiza, o en la sede del Consejo Insular de Formentera sita en la Plaza de la Constitución núm. 1 Sant Francesc Xavier, Formentera, en modelo normalizado a que se refiere el Anexo 2 de la presente Resolución, o bien vía telemática a través de la página web de la Consejería de Movilidad y Vivienda (www.caib.es) mediante el acceso directo a la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre.

La solicitud debe acompañarse del justificante del pago de la tasa debidamente cumplimentado y con el sello y justificante de la entidad bancaria de haber satisfecho el importe correspondiente.

4. Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, el director general de Movilidad y Transporte Terrestre dictará Resolución por la que se aprueben las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión y la hará pública mediante su exposición en el tablón de anuncios de la citada Dirección General y en la página web http://www.caib.es/sites/direcciogeneraldetransports/ca/consellers_de_seguretat_-2932/

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos o lo hagan con algún dato erróneo, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la exposición de la citada Resolución, para proceder a su subsanación.

Una vez finalizado el plazo, el director general de Movilidad y Transporte Terrestre dictará Resolución aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión y la hará pública en el tablón de anuncios de la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre, y en la página web http://www.caib.es/sites/direcciogeneraldetransports/ca/consellers_de_seguretat_-2932/

5.Documentación

CONVOCATORIA 

OCTUBRE 2023

 Convocatoria

 BOIB: 2023.10.05_-_Resolucio_Consellers_BOIB_-_CAS.pdf 2023.10.05 - BOIB Resolución de convocatoria

 Inscripción (física o telemàtica)

 Física: 2019.10.01 - Inscripción.pdf Hoja de inscripción

 Telemática: Pàgina Web Trámite telemático de inscripción

 Lista de admitidos y excluidos

 Provisional: 2023.10.31_-_Admesos_i_exclosos_-_Provisionals_-_CAS.pdf 2023.10.31 - Admitidos y excluidos - Provisional

 Definitiva: 2023.11.16_-_Admesos_i_Exclosos_-_Definitiva_-_CAS.pdf 2023.11.16 - Admitidos y excluidos - Definitiva

 Lista de aptos

 Provisional: 2023.11.28_-_Lista_provisional_aptos.pdf 2023.11.28 - Aptos - Provisional

 Definitiva: 2023.12.15_-_Lista_definitiva_aptos.pdf 2023.12.15 - Aptos - Definitiva