Sanidad vegetal

 

¿Qué regula?

La comercialitzación de plaguicidas clasificados como Tóxicos o Muy tóxicos está sometida al requisito de registrar cada operación comercial en un Libro Oficial de Movimientos para que el comprador sea quede advertido de su responsabilidad en lo que respecta a la adecuada manipulación de estos productos, y para facilitar la vigilancia y las investigaciones pertinentes de su cumplimiento.

Afecta a los productos plaguicidas clasificados como Tóxicos o Muy Tóxicos que estén envasados en la forma en que han de suministrarse a los usuarios, desde el momento de la primera cesión en el mercado.

El Libro Oficial de Movimientos de Plaguicidas Peligrosos, L.O.M., está regulado por la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 24 de febrer de 1993, por la que se establece su normativa reguladora (BOE núm. 54, de 4/03/1993).

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