SOLICITUD DE REALIZACIÓN DEL EXAMEN PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE COMPETENCIA PROFESIONAL PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO INTERIOR E INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS O DE VIAJEROS

EXPLICACIÓN NORMATIVA:

De acuerdo con los artículos 43 y 47 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, para poder obtener y mantener la autorización para el transporte público de viajeros en autobús o de mercancías en vehículos o conjuntos de vehículos con capacidad de tracción propia que tengan una masa máxima autorizada superior a 3,5 toneladas hay que cumplir, entre otros, con el requisito de competencia profesional exigido por la reglamentación de la Unión Europea.

El artículo 111 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, dispone que, en general y al efecto del cumplimiento del requisito de competencia profesional, la empresa tendrá que contar en todo momento con una persona física que ejerza las funciones de gestor del transporte.

El artículo 114 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres establece que el gestor de transporte de la empresa tendrá que estar en posesión del certificado expedido por la Administración que acredite su competencia profesional para el transporte por carretera de viajeros o de mercancías, según corresponda.

El Anexo II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres establece que, en general, las personas que no estén en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística, establecido por el Real Decreto 1572/2011, sólo podrán obtener el certificado de competencia profesional para el transporte por carretera, de viajeros o de mercancías, previa superación de un examen, que se regirá por aquello que dispone el artículo 8 del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el cual se establecen las normas comunes relativas en las condiciones que se tienen que cumplir para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, con las concreciones señaladas al Anexo II mencionado.

Si tiene el título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística, puede solicitar directamente los certificados de competencia profesional para el transporte por carretera de las dos modalidades, viajeros y mercancias, sin tener que superar ningún examen (rellenando los apartados correspondientes de la solicitud, abonando las tasas de expedición de certificado y aportando la documentación acreditativa que se menciona en la solicitud).


MODALIDADES:

Para la obtención del certificado de competencia profesional de la modalidad escogida, las personas interesadas tienen que superar el examen que corresponda de esta modalidad. Las modalidades son:

  • Para el ejercicio de la actividad de transporte público interior e internacional de VIAJEROS.
  • Para el ejercicio de la actividad de transporte público interior e internacional de MERCANCÍAS.


PROGRAMA, ESTRUCTURA Y PUNTUACIÓN DEL EXAMEN

Se puede conocer el programa del examen en el siguiente enlace (Anexo 1 del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que deben cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera):
Enlace al programa

El examen consta de dos pruebas:

A) Prueba de preguntas concretas: 200 preguntas tipo test sobre las materias del programa, cada una de ellas con 4 respuestas alternativas. La puntuación máxima será de 200 puntos y cada pregunta correctamente contestada puntuará 1 punto y cada respuesta errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta. El tiempo de realización será de 2 horas.

B) Prueba de supuestos prácticos: Resolver 4 supuestos prácticos que impliquen aplicar el conocimiento de las materias que integran el programa en casos concretos. El aspirante, después de realizar los cálculos y las valoraciones precisas, deberá elegir entre 8 respuestas alternativas a cada uno de los supuestos. La puntuación máxima será de 200 puntos y cada supuesto resuelto correctamente puntuará 50 puntos y cada supuesto erróneo se penalizará descontando un tercio del valor del supuesto correcto. El tiempo de realización será de 2 horas.

Para aprobar el examen se deberá obtener una puntuación no inferior al 50 por ciento de los puntos posibles en cada una de las dos pruebas (mínimo 100 puntos en cada prueba) y, también, deberá obtenerse un mínimo del 60 por ciento del total de puntos atribuibles para el conjunto de las dos pruebas (mínimo 240 puntos entre las dos pruebas).


REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

1. Sólo se podrán examinar las personas que acrediten que están en posesión de alguno de los títulos de formación siguientes:

- Título de bachiller o equivalente.

- Título de técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado mediano.

- Título de técnico superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior.

- Título universitario de grado o posgrado.

2. Sólo se podrán examinar las personas que tengan la residencia habitual en un municipio de la isla de Mallorca o de Formentera (se entiende por residencia habitual el lugar en el cual una persona vive habitualmente; es decir, durante al menos 185 días por año). Si en el DNI/NIE no consta un domicilio situado en la isla de Mallorca o de Formentera, tendrá que aportar un certificado de empadronamiento que acredite esta circunstancia. Para el resto de islas, debe contactar con el consell insular correspondiente.


DOCUMENTACIÓN QUE TIENE QUE PRESENTAR:

1. Solicitud que tiene que rellenar (marcando de qué modalidad se quiere examinar):

Solicitud_en_castellano_(formato_Word).docxSolicitud_en_castellano_(formato_Word).docx

Solicitud_en_castellano_(formato_PDF).pdfSolicitud_en_castellano_(formato_PDF).pdf

2. Justificante (modelo 046 de la ATIB y, si hace falta, el documento acreditativo del ingreso) de haber pagado la tasa correspondiente. Enlace al pago de la tasa para la realización del examen:

- Para la modalidad de transporte público de VIAJEROS: Enlace a la ATIB

- Para la modalidad de transporte público de MERCANCÍAS: Enlace a la ATIB

***Enlace al pago de la tasa de expedición de certificado (si ha aprobado el examen o si tiene el título de Formación Profesional de Técnico Superior en Transporte y Logística. En este último caso, se debe abonar una tasa por cada certificado de modalidad que solicite): Enlace a la ATIB

3. Fotocopia del DNI/NIE (ambas caras).

4. La copia del título que se acredita para acceder al examen, que tiene que ser cualquiera de los títulos mencionados anteriormente (bachillerato o equivalente, técnico de grado medio de FP, técnico de grado superior de FP o título universitario de grado o posgrado).

5. Si en su DNI/NIE no consta un domicilio situado en la isla de Mallorca: certificado de empadronamiento que lo acredite.


¿DONDE TIENE QUE PRESENTAR TODA ESTA DOCUMENTACIÓN?

Puede presentar esta documentación:

1. Telemáticamente (si dispone de certificado digital o DNI electrónico ) en la Sede Electrónica de la CAIB , en el procedimiento correspondiente. Debe recordar adjuntar la solicitud debidamente firmada (no la confunda con el formulario que inicia el trámite telemático). Enlace:

Enlace a la Sede electrónica de la CAIB

2. Presencialmente en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local.

Si quiere reservar cita en la oficina de registro ubicada en la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre (C. de Eusebi Estada,28 Palma) o, también, en otras oficinas de registro de la CAIB , tiene que ir al enlace siguiente: 

Enlace para pedir cita


Información de la unidad orgánica generadora:

Dirección General de Movilidad

C/ Eusebi Estada, 28

07004 - Palma

Teléfono: 971 17 71 81