El Estado, a través de la Seguridad Social, garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional contributiva o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada para hacer frente las contingencias y en las situaciones que prevé la Ley general de la Seguridad Social.
La pensión no contributiva (PNC) de jubilación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médica y farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no hayan cotizado o hayan cotizado de manera insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.
Pueden ser beneficiarios de la PNC de jubilación los ciudadanos españoles y los nacionales de otros países con residencia legal en España que cumplen los requisitos siguientes:
| Convivientes | €/año |
| 2 | 8.684,62 |
| 3 | 12.260,64 |
| 4 | 15.836,66 |
| ... | ... |
| Convivientes | €/any |
| 2 | 21.711,55 |
| 3 | 30.651,60 |
| 4 | 39.591,65 |
| ... | ... |
La Pensión no Contributiva de Jubilación es incompatible con la PNC de Invalidez, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y por Ajuda de Tercera Persona (SATP) de la Ley de Integración social de los Minusválidos (LISMI), así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.
La cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.277,15 € anuales, que se corresponde con el 25 por 100 del importe íntegro para el año 2013.