1 junio 2018 | <9ªL> Conselleria de Medi Ambient, Agricultura i Pesca

Consell de Govern: LA NUEVA LEY AGRARIA QUIERE GARANTIZAR LA SOBERANÍA ALIMENTARIA PROTEGIENDO LOS RECURSOS Y PROFESIONALIZANDO EL SECTOR CConsell de Govern

Consell de Govern: LA NUEVA LEY AGRARIA QUIERE GARANTIZAR LA SOBERANÍA ALIMENTARIA PROTEGIENDO LOS RECURSOS Y PROFESIONALIZANDO EL SECTOR

\ El Consell de Govern aprueba el Proyecto de ley, que se enviará al Parlament
\ La normativa prioriza la agricultura en detrimento del urbanismo y reconoce la tarea del payés 

El Proyecto de ley agraria de las Illes Balears, que ha aprobado hoy el Consell de Govern, quiere garantizar la seguridad y la soberanía alimentaria de la Comunidad Autónoma. Con el fin de conseguirlo, amplía los aspectos agrarios de la anterior Ley 12/2014, en detrimento de los urbanísticos, y prioriza la profesionalización del payés y la protección de los recursos que son indispensables para llevar a cabo su tarea.

Si el Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística, derogaba o suspendía los aspectos más desarrolladores de la Ley agraria, el nuevo proyecto pretende «agrarizar» la normativa. 

De esta manera, se priorizan los usos típicos del suelo rústico por encima de los que no son propios y se crea una figura nueva, las zonas de alto valor agrario, que son tierras especialmente ricas para la agricultura, por el hecho de ser de alta fertilidad o con disponibilidad de agua, que serán definidas por los consejos insulares y que se crean como espacio de uso exclusivo para el sector agrario. 

Precisamente, las sinergias positivas que genera el payés en el paisaje se ven recompensadas en la normativa con las figuras del contrato territorial y el parque agrario. La primera tiene que ver con la conservación y consiste en cubrir los costes que representan para los payeses la generación de toda una serie de externalidades sociales y ambientales positivas para el paisaje, como el mantenimiento de marges y la dinamización de otros sectores económicos, por ejemplo. Con respecto al parque agrario, se trata de una figura que ordena y potencia los espacios de interés agrario de las zonas periurbanas.

Además, por primera vez, se abre la posibilidad de que se pueda exigir a quien genere presión sobre el suelo rústico haciendo de él un uso atípico que compense el sector agrario con estos dos instrumentos.

La nueva ley —que consta de 197 artículos, divididos en un título preliminar y once títulos, dos disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, cinco disposiciones finales y un anexo— también recoge medidas resultado de dos años de aplicación de la normativa anterior, y cubre o amplía una serie de carencias, como son los derechos y deberes de los propietarios en suelo rústico en cuanto a sanidad vegetal. Deberán encargarse de su mantenimiento tanto los payeses como los que no lo son, y se ofrecen para facilitarlo figuras como los bancos de tierras, de manera que el propietario de la tierra y el payés puedan ponerse en contacto entre sí a través de la Administración, que velará por los intereses de ambas partes.

Por otro lado, toda la ganadería se considera una actividad agraria estratégica, independientemente de la especie —para la ley anterior solo lo eran los équidos—, y se garantiza el bienestar animal en todas las fases, motivo por el que se establecen las dimensiones mínimas y máximas de alojamiento. 

En este sentido, se favorecen las razas autóctonas, pero también las variedades locales, y esto se realiza, entre otros medios, protegiéndolas contra la contaminación de los organismos transgénicos, dado que hay una consideración especial hacia la producción ecológica y las explotaciones diversificadas. 

Aumentar las rentas de los payeses, que también tienen que hacer frente al reto que comporta la insularidad y el cambio climático, es otro objetivo de la Ley, que establece una serie de actividades complementarias para diversificar los ingresos, siempre que su presión no perjudique a la propia actividad agraria. Algunas de estas actividades son la venta directa, artesanal o en las granjas escuela. En este marco se crea la nueva figura de las agroestancias, a través de las cuales se podrán ofrecer hasta seis plazas de alojamiento durante seis meses al año en la vivienda habitual del payés. Se fomenta también la venta de proximidad y se establece que en la compra pública se dará prioridad a los productos de calidad diferenciada, de venta de proximidad, frescos y de temporada, cuando en la ley de 2014 solo se mencionaban.

Algunas de estas actividades complementarias de la actividad agrícola se pueden desarrollar únicamente en explotaciones agrarias preferentes, las cuales tendrán que generar una unidad de trabajo agrario (es decir, trabajo para una persona durante todo el año) y certificar que un mínimo de la renta proviene de la actividad agraria.

La nueva Ley agraria de las Illes Balears da más importancia, asimismo, a los aspectos sociales mediante la incorporación de la perspectiva de género de manera transversal, el reconocimiento del cooperativismo como dinamizador y estructurador del sector profesional y de la agricultura familiar y su papel en la garantía del relevo generacional. 

En el ámbito de la participación, se apodera al Consejo Agrario Interinsular para que se autorregule, y en el del conocimiento se crea la Estrategia Balear de Mejora de Conocimiento Agrario, la cual debe contener las directrices y los planes de actuación sobre esta materia, que las administraciones públicas tendrán que seguir en un determinado periodo.

Con respecto a la gestión y al aprovechamiento forestal, se refuerzan las medidas de planificación forestal y de autoprotección en el caso de las viviendas en zona de interfase urbana-forestal. 

En la nueva Ley ha participado un amplio espectro de interlocutores, como las organizaciones agrarias, entidades ecologistas, colegios profesionales, el sector ecológico, cooperativas, consejos insulares y consejerías, entre otros.

Documentos adjuntos: