20 diciembre 2019 Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos

Consell de Govern: TRANSICIÓN ENERGÉTICA FOMENTA LAS INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO EN PYMES, ASOCIACIONES EMPRESARIALES, ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y PARTICULARES CConsell de Govern

Consell de Govern: TRANSICIÓN ENERGÉTICA FOMENTA LAS INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO EN PYMES, ASOCIACIONES EMPRESARIALES, ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y PARTICULARES

\ La convocatoria, a la que se destinará una cuantía de tres millones de euros, subvencionará proyectos de energía solar fotovoltaica y microeólica
\ También prevé ayudas para sistemas de acumulación de ión litio que se incorporen a las nuevas instalaciones fotovoltaicas y microeólicas


El Consell de Govern ha aprobado una convocatoria de subvenciones por un valor de tres  millones de euros destinada al fomento de instalaciones solares fotovoltaicas y microeólicas para particulares, pymes, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro.

Esta convocatoria pública de ayudas está cofinanciada al 50 % con cargo al Programa Operativo FEDERO 2014-2020 de las Illes Balears.

En el caso de las pymes, las asociaciones empresariales, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro son subvencionables las inversiones en nuevas infraestructuras fotovoltaicas y nuevas ampliaciones de instalaciones existentes con una potencia de pico para instalar hasta 50 kWp. En el caso de las instalaciones promovidas por particulares, 3 kWp. Cuando la potencia de la instalación sea superior a estos dos límites, se subvencionarán únicamente los primeros 50 kWp y 3 kWp, según corresponda.

En cuanto a los proyectos de energía microeólica, la convocatoria establece que se podrán subvencionar hasta 10 kWp de los proyectos de pymes , entidades sin ánimo de lucro y asociaciones empresariales y hasta 5 kWp; en el caso de las personas físicas, la cantidad de kWp subvencionable será de 10 kWp. Además, los molinos se deberán integrar en el paisaje y no se podrán usar apoyos metálicos tipo celosía, según queda establecido en los requisitos de la convocatoria.

Para poder acceder a las ayudas, las inversiones en sistemas de acumulación de ión litio que se incorporen a las nuevas instalaciones fotovoltaicas y microeólicas deberán tener una capacidad de acumulación entre 2 kWp y 12 kWp y una garantía mínima de funcionamiento certificada por el fabricante de cinco años.

Cuantía de las subvenciones
La convocatoria de ayudas establece una cuantía máxima subvencionable del 50 % de la inversión total del proyecto en el caso de las personas físicas, de las entidades sin ánimo de lucro y de las comunidades de propietarios. Este porcentaje es del 30 % en el caso de las pymes y de las asociaciones empresariales.

Requisitos para presentarse a la convocatoria
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria de subvenciones se deben realizar dentro del territorio de las Illes Balears. Además, se deben ejecutar dentro del periodo que va desde el día de la presentación de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento. En cualquier caso, sin embargo, no podrá ser posterior al 30 de septiembre de 2020.

Esta es una convocatoria con carácter de incentivo y con el objetivo de impulsar la incorporación de fuentes de energía renovable que reducen el consumo procedente de la red energética convencional. Por lo tanto, los proyectos que se presenten no se pueden haber iniciado con anterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda. Los trabajos preparatorios, sin embargo, como la obtención de permisos y la realización de estudios previos de viabilidad, no se consideran inicio de los trabajos.

El plazo de presentación de las solicitudes arrancará el quinto día de la publicación de la convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears y se agotará a los tres meses, o bien hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a la convocatoria.

El órgano encargado de tramitar las solicitudes y de emitir las correspondientes propuestas de concesión y denegación de las ayudas es la Dirección General de Energía y Cambio Climático. La resolución final de las subvenciones se publicará en el BOIB en los seis primeros meses posteriores a la fecha límite de presentación de solicitudes.