6 julio 2018 | <9ªL> Conselleria d'Hisenda i Administracions Públiques

El reglamento que desarrolla la nueva Ley de coordinación de policías locales de las Islas Baleares ya está en fase de información pública. NNota Informativa

El reglamento que desarrolla la nueva Ley de coordinación de policías locales de las Islas Baleares ya está en fase de información pública.

El texto, que cuenta con 200 artículos inicia hoy el periodo previo a su aprobación en Consell de Govern.

El Decreto del reglamento que desarrolla la Ley 11/2017 de modificación de la Ley de coordinación de policías locales de las Islas Baleares entra en su fase final previa a la aprobación y entrada en vigor. Hoy se publica el anuncio del inicio del periodo de información pública del texto. Durante 15 días hábiles los interesados podrán acceder al texto y plantear alegaciones por los medios previstos.

El texto contiene 200 artículos divididos en 9 títulos. Cuando entre en vigor sustituirá al reglamento actualmente en vigor, que se contiene en el Decreto 28/2015. El director general de Emergencias e Interior, Pere Perelló ha destacado “el esfuerzo y el trabajo hecho para condensar en el nuevo Reglamento todo el espíritu de la Ley de coordinación de policías locales”.

El Decreto plasma las líneas básicas del nuevo modelo policial de proximidad por el que se apuesta en la modificación de la Ley de coordinación de policías locales del pasado diciembre, basado en el respeto a la diversidad y la integración social, que usa la mediación como medio de resolución de conflictos al servicio de una sociedad abierta y plural.

En este mismo sentido de promoción de valores éticos y sociales de la policía de proximidad, el texto incluye medidas de impacto positivo con respecto a la igualdad de género en los cuerpos, con el objetivo de conseguir una mayor feminización de las plantillas.

El texto regula el nuevo sistema de acceso al lugar de trabajo de policía local, optando por la estabilidad de las plantillas a través de plazas fijas de funcionario de carrera municipal de los agentes. El proceso de selección de los policías se hará mediante concurso oposición para todas las categorías salvo los municipios donde no haya cuerpo de Policía Local establecido, en los cuales se usará la modalidad de oposición. 

En el apartado de formación, el reglamento que se presenta ahora a información pública pone las bases para la creación de la Escuela Balear de Seguridad Pública, un nuevo centro que formará tanto a los nuevos profesionales en materia de policía de proximidad como a los se decanten para tareas relacionadas con las emergencias.

Asímismo se faculta a los municipios para llegar a acuerdos de colaboración bilateral para operativos policiales temporales o extraordinarios. Se regula la creación y el funcionamiento del Observatorio de seguridad de la CAIB, y de la Comisión de ética de la actividad policial; también se hace un paso adelante en la interoperabilidad de los diferentes cuerpos a través de mecanismos de administración electrónica.

En el apartado de la estructura y del régimen de funcionamiento las principales novedades se encuentran en la capacidad de crear diferentes grados dentro de cada categoría laboral, y la habilitación de la especialidad de criminología. También se regulan las características de la jefatura de los cuerpos, la uniformidad y el equipamiento, así como las normas de uso del material básico de autoprotección, las medidas de prevención de riesgos laborales, los premios y las condecoraciones y el régimen de los agentes en segunda actividad.

Una vez superado el periodo de información pública, el Decreto del reglamento de Policía Local incorporará algunas de las modificaciones propuestas vía alegación, si se tercia, y será elevado al Consejo Consultivo de las Islas Baleares para el preceptivo informe. Posteriormente el Consell de Gobierno lo podrá evaluar y aprobar si es el caso, para su posterior entrada en vigor.