5 julio 2021 Consejería de Salud y Consumo

CONSELL DE GOVERN: SE RATIFICA EL ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD PARA REGULAR LOS PERMISOS PARA EL CUIDADO DE HIJOS CON CÁNCER O UNA ENFERMEDAD GRAVE CConsell de Govern

CONSELL DE GOVERN: SE RATIFICA EL ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD PARA REGULAR LOS PERMISOS PARA EL CUIDADO DE HIJOS CON CÁNCER O UNA ENFERMEDAD GRAVE

\ Para garantizar completamente el derecho a beneficiarse de este permiso se requiere desplegar un reglamento
\ El permiso regulado en este acuerdo podrá solicitarlo el personal estatutario del Servicio de Salud


El Consell de Govern ha ratificado el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 11 de junio de 2021 por el que se regula el permiso del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares para el cuidado de hijos con cáncer u otra enfermedad grave.

Para garantizar completamente y sin fisuras el derecho a beneficiarse de este permiso se requiere desplegar un reglamento que concrete los elementos necesarios para reconocerlo y disfrutarlo.

Este acuerdo tiene por objeto regular el permiso para los casos siguientes:

a) El cuidado de hijos y de personas sujetas a tutela ordinaria que sean menores de edad y de menores sujetos a guarda con fines de adopción o acogimiento que sufran cáncer u otra enfermedad grave.
b) El cuidado de hijos mayores de edad que convivan con sus progenitores o tutores y sufran cáncer u otra enfermedad grave.

El permiso regulado en este acuerdo podrá solicitarlo el personal incluido en su ámbito de aplicación siempre que ambos progenitores, guardadores, acogedores o tutores legales sean trabajadores por cuenta propia o ajena y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando tenga lugar un ingreso hospitalario.
b) Durante el tratamiento continuado de la enfermedad o por necesidad de cuidado directo, continuo y permanente, tanto en el hospital como en el domicilio familiar después de que se haya diagnosticado la enfermedad.
c) Cuando se produzca una recaída o la reagudización del cáncer o de la enfermedad grave, incluidos los supuestos en que no sea necesario otro ingreso hospitalario, y requieran cuidado directo, continuo y permanente.