14 marzo 2020 Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores

El lunes 16 de marzo se inicia el periodo voluntario de pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y de la tasa por los servicios de tratamiento de residuos sólidos urbanos del Ayuntamiento de Palma recaudados por la Agència Tributària de les Illes Balears NNota Informativa

El lunes 16 de marzo se inicia el periodo voluntario de pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y de la tasa por los servicios de tratamiento de residuos sólidos urbanos del Ayuntamiento de Palma recaudados por la Agència Tributària de les Illes Balears

A partir de este lunes día 16 de marzo se inicia el periodo voluntario de pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) y de la tasa por los servicios de tratamiento de residuos sólidos urbanos (TRSU) del Ayuntamiento de Palma correspondientes a 2020 la recaudación de los cuales corresponde a la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB).

El periodo de pago voluntario finaliza el 18 de mayo. El número total de contribuyentes, por lo que respecta al IVTM, es de 195.182 personas y el importe de los recibos de pago periódico anual que se ponen al cobro es de 22,9 millones de euros, que corresponden a 288.426 recibos. Y, respecto a la TRSU, el número total de contribuyentes es de 132.343, y el importe es de 31,3 millones de euros que corresponden a un total de 190.801 recibos.

Por otro lado, 67.108 contribuyentes han domiciliado el pago de los recibos del IVTM y 83.018 contribuyentes lo han hecho de la TRSU, en este caso, los recibos domiciliados, serán remitidos a las respectivas entidades bancarias para que sean cargados en las cuentas de los contribuyentes a partir del día 30 de abril.

La ATIB recuerda a los contribuyentes que, por razones de eficacia, agilidad y seguridad, no se remiten avisos de pago en papel. De este modo, la forma general para consultar, obtener y/o pagar los recibos es a través del Cartero Virtual en el portal del ATIB (www.atib.es), introduciendo el DNI/NIF y el código de contribuyente que se ha ido enviando a los contribuyentes, o la contraseña elegida por el contribuyente en el momento de acceder por primera vez al Cartero Virtual. Así mismo, si se dispone certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, también se puede acceder mediante la Carpeta fiscal del portal del ATIB.

En caso de no utilizar el portal del ATIB, se ponen a disposición de los contribuyentes 26 oficinas de recaudación de la ATIB en las cuales también se puede hacer el pago de los tributos (sin necesidad de ir a una oficina bancaria), con cualquier tarjeta bancaria, con independencia de la entidad emisora de la misma.


En el portal de la ATIB se pueden consultar los horarios y la situación de las oficinas. Para evitar colas se recomienda solicitar cita previa, ya sea por internet en el portal de la ATIB o por teléfono (971 678 404). En el supuesto de que no se tenga cita previa, la atención se hará atendiendo a la disponibilidad de la oficina, teniendo preferencia las personas con cita previa. Así mismo, para evitar desplazamientos, en el portal de la ATIB se pone a disposición de las personas interesadas el servicio de consultas y sugerencias para poder trasladar cualquier duda o cuestión en relación al pago de los tributos.

Una vez transcurrido el plazo voluntario de pago correspondiente, respecto a los contribuyentes que no hayan hecho el pago, se iniciará el periodo ejecutivo, hecho que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, si procede, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.