19 octubre 2018 Conselleria de Presidència

Consell de Govern: APROBADAS LAS BASES DE SUBVENCIONES PARA EMPRESAS Y EL DECRETO QUE DESARROLLA LAS AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS DE LAS INUNDACIONES CConsell de Govern

Consell de Govern: APROBADAS LAS BASES DE SUBVENCIONES PARA EMPRESAS Y EL DECRETO QUE DESARROLLA LAS AYUDAS PARA PALIAR LOS DAÑOS DE LAS INUNDACIONES

\ Se aportarán 2,6 millones para empresas y profesionales, un crédito que es ampliable
\ Los afectados las podrán solicitar a los respectivos ayuntamientos a partir del lunes


El Consell de Govern ha aprobado hoy los dos textos que desarrollarán parte de las ayudas que se pondrán a disposición de los afectados por las inundaciones producidas el pasado día 9 de octubre en Sant Llorenç des Cardassar. Se trata, por una parte, de la aprobación de la convocatoria y las bases de las ayudas excepcionales para reparar los daños y las pérdidas producidas en empresas, profesionales y trabajadores y, por otra, de la aprobación de un decreto de ayudas urgentes, que incluye las ayudas por defunción, las ayudas en materia de vivienda y otras edificaciones, las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados y las ayudas para la reparación de infraestructuras municipales.

De esta manera, se desarrollan las aportaciones reguladas por el Decreto ley 2/2018, de 18 de octubre, por el que se establecen ayudas y otras medidas urgentes para reparar las pérdidas y los daños producidos por las lluvias intensas y las inundaciones del día 9 de octubre de 2018 en la comarca de Levante de Mallorca. Este decreto entró en vigor ayer jueves, después de ser aprobado por el Consell de Govern extraordinario y, posteriormente, ser publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Subvenciones para empresas y trabajadores

Las bases reguladoras de las ayudas para empresas y profesionales están financiadas por las consejerías de Innovación, Investigación y Turismo y de Trabajo, Comercio e Industria, que aportan un total de 2,6 millones de euros, de los que la Conselleria de Trabajo aporta 2 millones y la Conselleria de Turismo los 600.000 € restantes. Hay que tener en cuenta que se trata de partidas ampliables.

Según establecen las bases, los beneficiarios pueden ser las personas tanto físicas como jurídicas titulares de actividades industriales, comerciales, mercantiles y turísticas afectadas por las inundaciones del pasado 9 de octubre. Asimismo, también pueden ser beneficiarios los profesionales autónomos debidamente registrados a efectos fiscales que hayan sufrido daños o pérdidas de cualquier naturaleza como consecuencia directa de las inundaciones del Levante de Mallorca.

Las bases, además, incluyen ayudas para complementar los subsidios y las prestaciones que afectan a trabajadores y autónomos, en las empresas y negocios afectados por el temporal.

Con respecto a las industrias y empresas, se podrá subvencionar la reposición de utillaje, mobiliario y otros elementos esenciales; la reposición de maquinaria y equipos informáticos; los vehículos que sean de uso exclusivamente profesional, y los costes de servicios de suministro eléctrico, teléfono, agua, durante tres meses.

Los importes máximos serán de hasta 30.000 € para comercios y empresas (incluidos los restaurantes), y de hasta 100.000 € para industrias y para empresas turísticas.
La previsión es que las ayudas se abonen de manera inminente, ya que se ha llegado a acuerdos con entidades financieras, que adelantarán el 100 % de los fondos para acelerar los pagos.

En el apartado de ayudas para los trabajadores, se incluyen el aplazamiento inmediato de las cotizaciones a la Seguridad Social de autónomos y trabajadores en los próximos seis meses y las ayudas para complementar los salarios en el caso de la suspensión de contratos por expediente de regulación de empleo (ERE) por fuerza mayor. En estos casos, se abonará la diferencia entre la prestación por desocupación y el salario que cobraba cada trabajador antes de la inundación.

Decreto de ayudas

Con respecto al Decreto de ayudas urgentes, este incluye las ayudas por defunción, las ayudas en materia de vivienda y otras edificaciones, las ayudas para paliar la pérdida de vehículos siniestrados y las ayudas para la reparación de infraestructuras municipales.

Con este decreto, se establecen los requisitos y las cuantificaciones de las indemnizaciones que podrán recibir las personas e instituciones afectadas.

Con respecto a las ayudas por defunción, serán de 32.000 €, y se destinarán a las familias que han perdido a un familiar a causa de las inundaciones.

En materia de vivienda, se otorgarán indemnizaciones para atender los daños y las pérdidas producidos en viviendas, para propietarios y para inquilinos, tanto para los inmuebles que sean vivienda habitual como para los que no lo sean. Además, se incluyen ayudas para elementos comunes en el caso de comunidades de propietarios y ayudas para edificaciones que no constituyen viviendas en las que se lleve a término una actividad profesional.

Asimismo, se incluyen las indemnizaciones para paliar la pérdida de vehículos terrestres a motor siniestrados, las cuales pueden llegar a los 6.000 €. Cuando se trate de una motocicleta, el importe máximo será de 1.500 €, mientras que si es un ciclomotor la ayuda puede llegar a los 500 €.

Finalmente, se desarrollan las ayudas para la reparación de infraestructuras municipales, según las cuales la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas podrá conceder una subvención de hasta un 25 por ciento del coste de las obras de reparación o restitución de equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal.

La tramitación de estas ayudas se hará a través de una comisión evaluadora única, que tomará las decisiones relativas a la admisión de solicitudes de ayuda, las actuaciones instructoras y las propuestas de resolución, que se tendrán que enviar al órgano competente para dictar la correspondiente resolución.

Hay que recordar que las ayudas amparadas por el Decreto ley 2/2018 son subsidiarias respecto de los sistemas privados de cobertura de daños de que puedan disponer los afectados y, en caso de que estos no cubran los daños, son complementarias, al igual que lo son con las aportaciones que se reciban de otras administraciones.

A partir del lunes

Las personas y empresas afectadas pueden solicitar las ayudas a partir del lunes en la ventanilla única de los respectivos ayuntamientos. Por otra parte, también se podrán informar a través del web ajudesllevant.caib.es, que se habilitará próximamente.

 

Documentos adjuntos: