1 septiembre 2018 | <9ªL> Conselleria d'Hisenda i Administracions Públiques

Se inicia el periodo de autoliquidación del impuesto del turismo sostenible para la mayoría de establecimientos, a través de la modalidad de estimación objetiva NNota Informativa

Se inicia el periodo de autoliquidación del impuesto del turismo sostenible para la mayoría de establecimientos, a través de la modalidad de estimación objetiva

Cerca del 95% de los hoteles y otros establecimientos turísticos tributan por este sistema y tienen que ingresar la mitad de la recaudación prevista para todo el año 2018
A partir de este sábado 1 de septiembre, se inicia el periodo de autoliquidación del impuesto del turismo sostenible por las estancias meritadas a los establecimientos turísticos –excepto las viviendas de alquiler turístico y los campings- que hayan elegido la modalidad de estimación objetiva, los cuales tienen que ingresar el 50% del total estimado de la recaudación anual del tributo para el año 2018. Cerca del 95% de los establecimientos tributan a través de este sistema. 

Los propietarios de estos establecimientos disponen de 20 días de periodo hábil para realizar la primera autoliquidación correspondiente a la recaudación del impuesto de 2018. En concreto, tienen que calcular el 50% de la recaudación estimada para todo el año 2018, y efectuar el ingreso a cuenta de la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB), del mismo modo que se ha hecho desde la entrada en vigor del impuesto en el mes de julio del año 2016.

La gran mayoría de hoteles y establecimientos turísticos han optado por la modalidad de estimación objetiva y por tanto tienen que realizar a partir de este sábado la primera liquidación del impuesto. En concreto, el 94,8% del total de establecimientos y viviendas vacacionales ha tributado por el sistema de estimación objetiva y el 5,2% por la modalidad de estimación directa, según datos del ATIB.

El cálculo del 50% de la recaudación estimada para todo el año se efectúa a través de los módulos, de los índices y de las variables que correspondan a cada establecimiento, según categoría, días de apertura anuales, situación, isla de radicación, y otras ponderaciones que recoge el reglamento de desarrollo de la ley del impuesto. La cantidad resultante es la liquidación previa que hay que ingresar a la ATIB en un trámite que, como todos los demás, se realiza de manera exclusiva por vía telemática. La liquidación definitiva que completará el ingreso a cuenta por esta modalidad se tendrá que presentar durante el próximo mes de enero.

Del proceso de autoliquidación que se abre este sábado quedan excluidas dos modalidades de establecimientos de alojamiento turístico, a pesar de que también hayan optado por el sistema de estimación objetiva. En este caso, tanto los establecimientos de alquiler vacacional como los campings tienen reservado un procedimiento exclusivo, con una liquidación definitiva que calculará la propia ATIB, y que se remitirá a los propietarios respectivos para su liquidación anual de 2018, en un periodo que irá entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2019.