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Servicio de Prestaciones

Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica (LISMI)

Prestación de servicios tendentes a conservar y restablecer la salud de los beneficiarios. Para más información consultad aquí.

Destinatarios

Pueden ser beneficiarios de esta prestación los ciudadanos españoles y extranjeros con residencia legal en España que cumplan los requisitos que se detallan.

Requisitos

-No ser beneficiario de prestación o finalidad similar y, si es el caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro organismo público.

-Estar afectado por una discapacidad de grado igual a un 33% o superior.

-No tener derecho, como beneficiario o como titular de las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica del régimen general o regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social.

Presentación

Durante todo el año.

Plazo máximo para la resolución

El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses contadores a partir de la fecha de entrada de la solicitud.

Plazo máximo para la notificación

Ved el apartado anterior.

Silencio administrativo

Estimatori (positivo)

Forma de iniciación

Instancia de parte

Fin de la vía administrativa

No

Simplificación documental

Documentos

Lugar

-Avda. de Alemania, 6 dta., CP 07003, Palma (tfno.: 971 17 70 05; fax: 971 17 70 68)-Av. del Glacis, 95, CP 07300, Inca (tfno.: 971 50 17 32)-C/ del Pozo hondo, 17, CP 07500, Manacor (tfno.: 971 84 61 87)-Av. de Vives Llull, 42, CP 07703, Maó (tfno.: 971 35 71 60)-C/del Bisbe Abad y Lasierra, 47, CP 07800, Ibiza (tfno.: 971 19 38 30)-Registres y oficinas en qué se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Órgano competente para resolver

Consejera, Consejería de Familia y Servicios Sociales

Centros

  • Servicio de Prestaciones
    Av. d'Alemanya, 6 dta. 07003  Palma
    Tel.: 971 17 73 83
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