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DECLARACIÓN DE SUELOS CONTAMINADOS

Consideramos que un suelo está contaminado cuando contiene unas concentraciones de elementos contaminantes superiores a las que le son propias y comportan un riesgo real o potencial para la salud pública o para los ecosistemas.
Los suelos contaminados son fruto principalmente de la mala gestión de los residuos y de las conducciones y tanques de almacenamiento deficientes, aunque también se pueden producir por accidentes en transporte, almacenamiento y manipulación de productos químicos.
La contaminación del suelo puede conllevar un peligro directo para la salud humana por la generación de vapores tóxicos o polvo contaminada, pero también puede representar un peligro indirecto para la ingestión de agua o alimentos contaminados. También existe el peligro de contaminar compartimentos ambientales a proteger, o bien que haya explosiones, fuego o corrosión de estructuras.
Hay que tener en cuenta que los efectos más graves causados por un suelo contaminado son a largo plazo, en general, permanecen en el terreno y, incluso, pueden ir en aumento si no se toman las medidas adecuadas. Muchas veces las consecuencias no son identificadas inmediatamente, sino que los peligros potenciales pueden tardar décadas en manifestarse, y, cuando se detectan los efectos, las pérdidas originadas pueden ser muy importantes.
Cuando se sospecha una contaminación del suelo, el problema principal es determinar y conocer con precisión el alcance y la gravedad de la contaminación presente. Así pues, hay que iniciar una serie de actuaciones de investigación que permitan caracterizar y determinar esta contaminación y definir el alcance y las tareas de recuperación necesarias basándose en el riesgo que conlleva, tal como prevé el Real Decreto 9 / 2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
La gestión de un suelo contaminado consiste en un proceso gradual en el tiempo, en que se parte de una fase inicial en la que se dispone de poca información is'avança fases, en las que se adquiere más conocimiento sobre la problemática de contaminación. Este proceso de gestión está enmarcado en las siguientes etapas:
1.Avaluació preliminar: La existencia de indicios de contaminación conllevará hacer el informe de evaluación preliminar. Se dispondrá de una primera aproximación real a la magnitud de la problemática, definir el origen y la naturaleza del foco de contaminación, los vectores de transferencia y los sujetos que deben proteger, y definir si son necesarias actuaciones de emergencia.
2.Anàlisi de ricos (Evaluación detallada): Esta fase consiste en la realización del informe de evaluación detallada que debe permitir caracterizar con precisión los focos de contaminación, delimitar el alcance de la contaminación, determinar si el riesgo es aceptable o inaceptable y, en este segundo caso, obtener la información suficiente para pasar a la fase de estudio siguiente.
3.Resolució de suelo contaminado: En esta fase se declara el sol como suele contaminado si las pruebas realizadas en la etapa anterior así lo recomiendan. La declaración de suelo contaminado implica hacer una nota al margen del registro de la propiedad y notificar al MMA para que este solo sea inscrito en la BDNSC.
4.DSC (Recuperación): La consideración de un suelo como contaminado conlleva la obligación de desarrollar las actuaciones de recuperación ambiental del emplazamiento. Hay que hacer unos análisis de control para verificar que ya no es un solo contaminado y poder finalizar esta etapa.
5.Nova Resolución de sol contaminado: En esta fase se declara el suelo como no contaminado.

Presentación

Presencialmente, en la D.G.Q.A.L. Sección de Residuos

Plazo máximo para la resolución

-

Plazo máximo para la notificación

-

Silencio administrativo

Negativo

Forma de iniciación

de oficio

Fin de la vía administrativa

No

Listado de normativas

Simplificación documental

Trámite Iniciación: Resolución de sol contaminado


    En esta fase se declara el sol como suele contaminado si las pruebas realizadas en la etapa anterior así lo recomiendan. La declaración de suelo contaminado implica hacer una nota al margen del registro de la propiedad y notificar al MMA para que este solo sea inscrito en la base de datos nacional de suelos contaminados (BDNSC) al mismo tiempo que la obligación por parte del causante y / o propietario de llevar a cabo la restauración del emplazamiento.
    Hay que hacer una anotación en el registro de la propiedad.



    Documentación:
    Se utilizará toda la información de los trámites anteriores

Trámite Iniciación: Nueva Resolución de suelo contaminado


    En esta fase se declara el suelo como no contaminado.


    Documentación:
    Se utilizará toda la información de los trámites anteriores

Trámite Iniciación: Evaluación preliminar


    La existencia de indicios de contaminación conllevará hacer el informe de evaluación preliminar. Se dispondrá de una primera aproximación real a la magnitud de la problemática, definir el origen y la naturaleza del foco de contaminación, los vectores de transferencia y los sujetos que deben proteger, y definir si son necesarias actuaciones de emergencia.


    Documentación:
    Toda la documentación aplicable al IPS (Informe preliminar de suelos contaminados)

Trámite Iniciación: DSC (Recuperación)


    La consideración de un suelo como contaminado conlleva la obligación de desarrollar las actuaciones de recuperación ambiental del emplazamiento

    Debe establecerse de forma detallada y rigurosa una propuesta de recuperación a partir de toda la información obtenida en las fases de investigación anteriores.
    Para el establecimiento de la propuesta de recuperación, se debe realizar un análisis de alternativas de recuperación teniendo en cuenta la aplicación de las Mejores Técnicas disponibles (MTD) con la prioridad de actuar sobre el foco de contaminación mediante técnicas de tratamiento "in-situ", sobre técnicas de tratamiento



    Documentación:
    FASE DE REDACCIÓN DEL PROYECTO DE RECUPERACIÓN

    La documentación a presentar en el Proyecto de Recuperación debe contemplar:
    A) Proyecto de recuperación:
    - Objetivos de recuperación (Concentraciones de contaminantes máximas admisibles que podrán permanecer en el emplazamiento después de ejecutar la recuperación)
    - Identificación y análisis de las alternativas de recuperación según criterios técnicos, económicos y ambientales
    - Diseño y ejecución de estudios de tratabilidad y / o pruebas piloto en su caso
    - Detalles específicos de la técnica de recuperación propuesta y de la zona de actuación.
    - Estimación de los costes y cronograma de ejecución de la recuperación
    - Plan de seguimiento establecido para valorar la efectividad de las actuaciones de recuperación que se llevarán a cabo.

    FASE DE EJECUCIÓN DE LA RECUPERACIÓN

    Objetivo: Llevar a cabo la ejecución del proyecto de recuperación. La ejecución del proyecto conlleva la necesidad de realizar seguimiento y control de la evolución del medio durante la ejecución y en determinados casos la realización de un análisis de riesgo residual.
    La documentación a presentar durante la Ejecución de la Recuperación debe
    contemplar:
    A) Informes parciales de seguimiento de la ejecución de la recuperación y control de
    la evolución del medio:
    - Descripción de las tareas de descontaminación realizadas desde el último informe presentado. Datos evolutivos y representación gráfica de las zonas donde se ha actuado
    - Balances sobre los tratamientos ejecutados: superficies y volúmenes tratados.
    - Seguimiento de la eficiencia de las técnicas de recuperación aplicadas, valoración de las actuaciones, conclusiones y, si procede, propuesta de actuaciones.
    B) Informe final de la fase de recuperación:
    - Descripción de todas las tareas de descontaminación realizadas Datos evolutivos de la concentración de los contaminantes y representación gráfica de las zonas donde se ha actuado.
    - Investigación comprobatoria para garantizar que se han logrado los resultados esperados.
    - Balance final sobre los tratamientos ejecutados: superficies y volúmenes tratados.
    - Seguimiento de la eficiencia de las técnicas de recuperación aplicadas, valoración de las actuaciones, conclusiones y, si procede, propuesta de actuaciones.
    C) Plan de control y monitorización:
    - Parámetros a analizar, duración e intervalos de muestreo, metodología de muestreo, puntos de muestreo.
    - Planos con la representación de la ubicación de los puntos de control propuestos
    - Descripción de los procedimientos de muestreo y conservación de la muestra previstos para garantizar la representatividad y fiabilidad de los resultados

    FASE DE MONITOREO

    Objetivo: Comprobar que una vez finalizadas las tareas de recuperación se cumplen y mantienen con el tiempo los objetivos de saneamiento establecidos y que el medio evoluciona favorablemente. En caso de que los resultados no se ajusta a los valores establecidos, sería necesario implementar propuestas de recuperación adicionales.
    La documentación a presentar durante la Fase de Monitoreo debe contemplar:

    A) Informes parciales de evolución del medio:
    - Resultados analíticos tabulados y presentados de manera que se facilite la interpretación y comparación de los valores analíticos del suelo con el NGR
    - Planos con la representación de la ubicación de los puntos muestreados.
    - Representación de la evolución de la concentración de los contaminantes.
    - Valoración de los resultados obtenidos, conclusiones y, si procede, propuesta de actuaciones.
    Una vez se haya cumplido de manera satisfactoria la etapa de monitoreo se presentará un informe de finalización de las actuaciones de recuperación desarrolladas.

Trámite Iniciación: Análisis del ricos (Evaluación detallada)


    Análisis del ricos (Evaluación detallada): Esta fase consiste en la realización del informe de evaluación detallada que tiene que permitir caracterizar con precisión los focos de contaminación, delimitar el alcance de la contaminación, determinar si el riesgo es aceptable o inaceptable y, en este segundo caso, obtener la información suficiente para pasar a la fase de estudio siguiente.
    Objetivo: En base a la información y conclusiones de la fase anterior, el objetivo de la evaluación detallada consiste al obtener la información necesaria para caracterizar con precisión el/los focos de contaminación, delimitar el alcance de la contaminación,
    determinar si el riesgo ambiental es admisible o no, y obtener toda la información necesaria para la ejecución de la recuperación o saneamiento del emplazamiento.
    Comporta la realización de un muestreo suficiente de los medios afectados por la contaminación, que permita la caracterización, tanto en superfí­cie como en profundidad, de los diferentes contaminantes presentes. Igualmente comporta la realización del Análisis de Riesgo (AR) detallado de la problemática actual y futura, con el fin de identificar riesgos inaceptables para la salud humana y/o los ecosistemas.
    Durante esta fase en función de los resultados podrían ser necesarias sucesivas ampliaciones de los muestreos, o de otros aspectos de la investigación hasta considerar que se dispone la suficiente información para evaluar el riesgo y planificar el saneamiento del subsuelo si ocurre.


    Presentación: Según normativa

    Documentación:
    La documentación a presentar en el Informe de Evaluación detallada de la calidad del suelo tiene que contemplar:

    A) Introducción:
    - Identificación de la problemática
    - Informe de visita y reconocimiento visual
    - Información básica de las caracterí­stiques del medio fí­sic del emplazamiento y su entorno (tiene que permitir definir si hacen falta actuaciones de emergencia)

    B) Investigación histórica detallada:
    - Antecedentes históricos del emplazamiento (actividades, accidentes ...)
    - Planos de ubicación de actividades actuales e históricas
    - Datos y registros históricos de sustancias peligrosas utilizadas. Estos datos tienen que aportar los criterios para definir el plan preliminar de muestreo y análisis

    C) Investigación detallada del medio fí­sic:
    - Descripción geológica y edáfica que permita definir el apoyo fí­sic donde se sitúa la contaminación
    - Descripción hidrogeológica: identificación de aqüifers, parámetros hidrogeológicos, dirección de los flujo, inventario de puntos de agua del entorno (superficial y subterráneas) y mapa de isopiezes. Los datos tienen que permitir disponer de una primera aproximación del medio hidrogeológico.

    D) Muestreo confirmatorio de sòs, residuos y/o aigës:
    - Descripción de los trabajos de campo realizados: Metodologías indirectas de detección geofí­sica, estudios de gases del suelo...), muestreos directos.
    - Justificación de los parámetros analizados, així­ como de la metodología de muestreo, bicació y profundidad de los puntos de muestreo, con el fin de garantizar su epresentativitat.
    - Descripción de los procedimientos de muestreo, conservación de muestras y métodos análisis de forma que se garantice la fiabilidad de los resultados obtenidos.
    - Presentación de los resultados analí­tics de forma tabulada.
    - Representación gráfica de los trabajos de campo y resultados: Planos para la representación de la ubicación de los puntos muestreados, columnas litológicas, mapas de isoconcentracions, piezometries ...
    - Anexo con los boletines de análisis del laboratorio.
    E) Interpretación de resultados
    - Presentación de los resultados analí­tics en mesas de manera que se facilite la interpretación y comparación con los criterios establecidos a la legislación.

    F) Conclusiones
    - En base a todos los datos obtenidos anteriormente se realiza el análisis del riesgo para el emplazamiento, a la hora que se hace una propuesta de actuación.
    Si se concluye que el riesgo se inaceptable por el medio ambiente o la salud de las personas, eso comporta la declaración formal de sol contaminado y a recuperarlo.

Órgano competente para resolver

Jefe del servicio, Servicio de Residuos

Centros

  • Servicio de Residuos
    Gremi de Corredors 10. Polígon de Son Rossinyol 07009  Palma
    Tel.: 971 17 66 84
    Fax: 971 17 66 97
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