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- Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

Jubilación por incapacidad permanente para al servicio de los funcionarios afiliados a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE)

Tramitar y declarar la jubilación por incapacidad permanente para al servicio de este colectivo de funcionarios de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Destinatarios

Personal funcionario afiliado a MUFACE al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Plazo máximo para la resolución

3 meses

Plazo máximo para la notificación

3 meses

Silencio administrativo

Desestimatorio

Forma de iniciación

Instancia de parte o de oficio

Fin de la vía administrativa

Si

Observaciones

- Forma de iniciación: de oficio, a propuesta del organismo en que el funcionario presta sus servicios, o bien a instancia de parte mediante una solicitud del interesado (artl 5.1 de la Resolución de 29 de diciembre de 1995).

- Delegación de la competencia para resolver: el artículo 2. j de la Resolución de la consejera de interior de 20 de marzo de 2009 (BOIB nº. 46 de 31/03/2009) delega la declaración de la jubilación por incapacidad permanente para al servicio del personal docente en el consellerer competente en materia de personal docente.

- Agencia Tributaria Islas Baleares: el artículo 7 de la Ley 3/2008 de 14 de abril de creación y regulación de la Agencia Tributaria (BOIB nº. 56 de 24/04/2009), en atención en la dependencia orgánica de su personal, encomienda a su Presidencia las funciones que la normativa autonómica encomendaba anteriormente al consejero o la consejera competente en materia de función pública.

Listado de normativas

Simplificación documental

Órgano competente para resolver

Consejera, Consejerí­a de Administraciones Públicas

Centros

  • - Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
    Camí de Jesús, 40. Recinte de l'Hospital Psiquiàtric 07010  Palma
    Tel.: 971 17 60 60
    Fax: 971 17 64 78
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