Solucionar las controversias que pueden surgir entre los consumidores y los empresarios o profesionales siempre que éstos estén adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, mediante un laudo de obligado cumplimiento.
Destinatarios
Los consumidores que consideren que se han vulnerado sus derechos como consumidores y usuarios.
Presentación
Por escrito
Plazo máximo para la resolución
Seis meses.
Plazo máximo para la notificación
Seis meses.
Silencio administrativo
--
Forma de iniciación
Instancia de parte
Fin de la vía administrativa
No
Listado de normativas
Simplificación documental
Documentos
Lugar
Lugar: Oficinas de la Dirección General de Salud Pública y Consumo, oficinas municipales de informació a los consumidores y a los ayuntamientos de las Illes Balears adheridos al programa 'Consum a ca teva'
Órgano competente para resolver
Director/Gerente, Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Las Illes Balears
Centros
-
Servicio de la Junta Arbitral de Consumo
Carrer de Jesús 38 A
07010
Palma
Tel.: 971 17 73 83
Fax: 971 17 73 03