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Agencia de Cooperación Internacional de Las Illes Balears

Convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de sensibilización, formación, educación y edición de material para el desarrollo, para el año 2009

El objeto de la convocatoria es otorgar subvenciones destinadas a proyectos de sensibilización, formación y educación para el desarrollo que se ejecuten en las Illes Balears.

Se entiende por proyectos de sensibilización las acciones destinadas a la población en general que pretendan dar a conocer la realidad de los países empobrecidos del mundo a través de medios diversos. Se trata, por tanto, de llevar a cabo campañas, exposiciones, actos puntuales y cualquier otra actividad que favorezca una mejor percepción por parte de la sociedad de las Illes Balears de la situación sociocultural, política, económica y medioambiental de los países empobrecidos y también de las causas que provocan esta situación y las desigualdades entre países.

Los proyectos de educación para la solidaridad y para el desarrollo pretenden promover los valores y las actitudes solidarias con los pueblos del mundo, el respeto y la defensa de la diversidad cultural, los derechos humanos y la paz. Estas actuaciones se dirigen a grupos organizados en ámbitos formales o no formales, a través de actividades programadas y materiales didácticos adecuados.

Los proyectos de formación de cooperantes y personas interesadas en el ámbito de la cooperación abarcan las actividades formativas (cursos, seminarios, jornadas y otros), y los materiales y recursos formativos destinados a las personas que realizan cooperación al desarrollo para mejorar su competencia.

Existen 4 modalidades

· Proyectos de sensibilización
· Proyectos de formación / Proyectos de educación
· Edición de material
· Combinación de las modalidades A i C/Combinación de las modalidades B i C.

Destinatarios

Pueden ser beneficiarios
a) Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro de las Illes Balears.
b) Las asociaciones del Estado español que tengan delegación permanente y activa en las Islas Baleares.
c) Las fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro estatales que tengan su ámbito de actuación en las Illes Balears.

Requisitos

Han de cumplir las condiciones y los requisitos que establece el artículo 5 de la Orden de la consejera de Inmigración i Cooperación de 30 de marzo de 2006 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Conserjería de Inmigración e Cooperación, modificada por la Orden de 15 de diciembre de 2006.

Presentación

Hasta el 30 de abril, pendiente ampliación

Plazo máximo para la resolución

SEIS MESES

Plazo máximo para la notificación

DIEZ DÍAS

Silencio administrativo

NEGATIVO

Forma de iniciación

Instancia de parte

Fin de la vía administrativa

Si

Listado de normativas

Simplificación documental

Documentos

Lugar

Agencia de Cooperación Internacional de las Islas Baleares

Órgano competente para resolver

Director/Gerente, Agencia de Cooperación Internacional de Las Illes Balears

Centros

  • Agencia de Cooperación Internacional de Las Illes Balears
    Pl. de la Drassana, 4 07012  Palma
    Tel.: 971 176 565 / 971 176 464
    Fax: 971 78 41 59
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