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Dirección General de Turismo

Solicitud de informe preceptivo y vinculante de la Consejería de Turismo para la mejora de establecimientos de acuerdo con la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares

Emisión de informe previo, preceptivo y vinculante para la modernización de establecimientos turísticos, que tengan por objeto potenciar la desestacionalización o mejorar la seguridad y la accesibilidad o la sostenibilidad medioambiental de los establecimientos turísticos

Destinatarios

Los propietarios y/o explotadores de los establecimientos turísticos que cumplan con los requisitos de la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2012, de 19 de julio

Requisitos

1. Estar dentro del plazo establecido (hasta 22.07.2017)

2. Solicitud

3. Acreditación de la personalidad y la representación por cualquier medio válido en derecho

4. Proyecto visado por triplicado

5. Pago de tasas: 63,71 ¤

- Enlace a la Agencia Tributària

Plazo máximo para la resolución

6 meses

Plazo máximo para la notificación

6 meses

Silencio administrativo

Positivo

Forma de iniciación

Instancia de parte

Fin de la vía administrativa

Si

Observaciones

Caducidad: cuando se produzca la paralización del procedimiento por causas imputables al interesado durante más de 3 meses.

Recurso: de reposición ante del director general de Turismo.

Listado de normativas

Simplificación documental

Órgano competente para resolver

Director General, Dirección General de Turismo

Centros

  • Dirección General de Turismo
    C/ de Montenegro, 5 07012  Palma
    Tel.: 971 17 61 91
    Fax: 971 17 61 85
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