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Servicio de Ordenación Pesquera

Autorització per a l'equipament i la modernització dels vaixells de pesca, sense canvis estructurals

El objeto de este procedimiento es la obtención de autorizaciones para las obras de equipamiento y modernización de los barcos de pesca que no representen cambios de censo, de calador o de modalidad de pesca, y que no impliquen cambios estructurales en el barco, incluyendo los cambios de motor, tanto intraborda como foraborda.

Destinatarios

Barcos pesqueros con puerto base en las Islas Baleares que cumplan las normas de ordenación que se establecen en el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación en el Fondo Europeo de la Pesca.

Requisitos

Los barcos se tienen que encontrar incluidos en el censo de la flota pesquera operativa.

Plazo máximo para la resolución

No procedeix

Plazo máximo para la notificación

No procedeix

Silencio administrativo

No procedeix

Forma de iniciación

Instancia de parte

Fin de la vía administrativa

No

Observaciones

Cuando se produzcan modificaciones en el proyecto inicial, se requerirá una nueva autorización.

En caso de incumplimiento de las condiciones de la autorización, la Administración tiene que incoar el expediente sancionador oportuno, de acuerdo con la Ley 14/1998, de 1 de junio, por la cual se establece el régimen de control para la protección de los recursos pesqueros.

Listado de normativas

Simplificación documental

Documentos

Órgano competente para resolver

Directora General, Dirección General de Medio Rural y Marino

Centros

  • Servicio de Ordenación Pesquera
    C/ dels Foners, 10 07006  Palma
    Tel.: 971 17 66 66
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