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- Servicio de Retribuciones

Reconocimiento del derecho a percibir las diferencias retributivas según dispone el artículo 12.4 de la Ley 10/1997.

Derecho de los altos cargos y del personal funcionario y laboral dependiente de la Administración de la CAIB que hayan accedido a un cargo o lugar de trabajo dentro de la misma Administración de rango superior a aquéllos que hayan desarrollado, a optar entre percibir el importe de uno de los lugares de trabajo anteriores o el del nueve al cual acceden, desde el momento en que fueran nombrados. Independientemente del momento de la elección, los efectos económicos se retrotraerán a la fecha del nombramiento, excepto si se opta por una fecha posterior.

Destinatarios

Personal funcionario y laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares nombrado alto cargo.

Plazo máximo para la resolución

6 meses

Plazo máximo para la notificación

6 meses

Silencio administrativo

Desestimatorio

Forma de iniciación

Instancia de parte

Fin de la vía administrativa

Si

Listado de normativas

Simplificación documental

Órgano competente para resolver

Consejera, Consejerí­a de Administraciones Públicas

Centros

  • - Servicio de Retribuciones
    C/ de Francesc Salvà i Pizà, s/n (es Pinaret) 07141  Es Pont d'Inca (Marratxí)
    Tel.: 971 17 64 00
    Fax: 971 17 64 24
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