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La Consejería ofrece a ayuntamientos y consejos un servicio de asistencia técnica en materia de obras públicas

Última actualización: 18/07/2012

La consejería de Administraciones Públicas ofrece a los ayuntamientos y consejos insulares los servicios del personal técnico de la Administración autonómica para elaborar documentos técnicos relativos a obras publicas. Este ofrecimiento se inscribe dentro del programa de asistencia técnica a los ayuntamientos y consejos insulares en materia de obras publicas que pone en marcha la consejería de Administraciones Públicas, y que tiene por objeto establecer las condicionas en qué se tiene que llevar la colaboración entre la Administración autonómica, los consistorios y el consejos de las Islas. La resolución por la cual se aprueba el programa se publicó día 17 de julio, en el BOIB de la comunidad autónoma.

El proyecto surge de la combinación de dos factores: por una parte, la Dirección General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas del Gobierno cuenta con un grupo de técnicos en materia de obras públicas, con un volumen de trabajo sensiblemente reducido, derivado de la merma de inversión en obra pública; y por otro, los ayuntamientos y consejos insulares que no disponen de una plantilla suficiente de técnicos propios se encuentran con restricciones presupuestarias que dificultan la realización de proyectos en materia de obras públicas en los ayuntamientos y consejos, y para contratar nuevo personal.

Por este motivo, y teniendo cuenta los principios de colaboración entre administraciones públicas, y de economía y de eficiencia en la gestión pública, se consideró la conveniencia de utilizar los recursos de personal calificado disponible en la consejería de Administraciones Públicas en beneficio de los ayuntamientos y consejos.

Pueden ser beneficiarios del programa los ayuntamientos y los consejos insulares que no dispongan de personal calificado suficiente para desarrollar directamente los trabajos objeto del programa, y que no superen los 425 millones de euros de presupuesto para el 2012.

Los documentos técnicos relativos a obras publicas susceptibles de colaboración son: instrumentos de planificación, programas de actuaciones, estudios previos, anteproyectos, proyectos de trazado, estudios de viabilidad, proyectos constructivos y otros estudios técnicos.

La asistencia técnica se tiene que limitar a la redacción material de los documentos técnicos solicitados. La administración de la CAIB no se obliga a participar en la tramitación de los documentos elaborados ni en la realización de las obras públicas, ni adquirirá la condición de promotora de la actuación objeto de la asistencia técnica.

Los ayuntamientos y consejos pueden presentar las sol•licituds de asistencia técnica y la documentación pertinente en el plazo de un mes, contador desde día 18 de julio, al día siguiente de su publicación al BOIB. El Gabinete Técnico y el apoyo|soporte del Departamento de Obras Publicas permite disponer de 5 ingenieros de caminos y 2 ingenieros de obras publicas, y 3 ayudantes técnicos.

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