Canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Illes Balears
En aplicación de la Disposición Adicional Sexta de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares (BOIB de 21/02/19), la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunitat Autónoma de Islas Baleares para 2021 (BOIB de 31/12/20) crea el Canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Islas Baleares.
El artículo 49 de esta última Ley prevé un tipo de gravamen diferenciado en función del cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 9 de la Ley 8/2019 que, de acuerdo con sus Disposiciones Transitorias Tercera y Cuarta, se tenían que incorporar a las ordenanzas reguladoras en un plazo no superior a los dos años.