vuelve

Detalle de la noticia

Entrada en vigor de determinados articulos de la Ley 8/2019, de 21 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares

La Ley 8/2019, de 19 de febrero, de Residuos y Suelos Contaminados de las Illes Balears prevé, para diversos artículos, la entrada en vigor el 1 de enero de 2021, y en otros, a los dos años de su publicación (BOIB núm. 23 de 21 de febrero de 2019).

Atendiendo las numerosas peticiones en este sentido, presentadas por diversos sectores y suficientemente justificadas por la situación provocada por la pandemia del COVID-19, la Dirección General de Residuos y Educación Ambiental consideró procedente tenerlas en cuenta, proponiendo un aplazamiento de dicha entrada en vigor.

Así, mediante la Disposición Final Séptima del Decreto Ley 8/2020, de 15 de mayo, (BOIB de 15/05/20) se regula una nueva entrada en vigor, aplazada por el mismo período de tiempo que durase el estado de alarma decretado por el Gobierno de España mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus prórrogas.

Este Decreto Ley pero, se ha visto sustituido por la Ley 2/2020, de 15 de octubre (recientemente publicada en el BOIB núm. 180 de 20 de octubre), la cual, en su Disposición Final Séptima modifica el anterior y vuelve estrictamente a la versión inicial de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

Informes de los Servicios Jurídicos de la Conselleria de Medi Ambient i Territori, avalan que estas fechas resultan afectadas por la suspensión de plazos administrativos prevista en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020 antes citado y que se prolongó por un período de 78 días.

A pesar de que esta circunstancia ya fue advertida por el Govern de les Illes Balears mediante la nota informativa de la Conselleria de Medi Ambient i Territori de fecha 30 de septiembre de 2020 ( http://www.caib.es/pidip2front/jsp/ca/fitxa-convocatoria/9556230 ), vistas las numerosas consultas recibidas al respecto y con la finalidad de ofrecer una mayor claridad jurídica, se quiere reiterar que la entrada en vigor de cualquiera de los aspectos contemplados en aquellos artículos de la Ley 8/2019 de Residuos y Suelos Contaminados de las Illes Balears que no entraron inmediatamente en vigor al día siguiente de su publicación, queda aplazada por un periodo de 78 días a contar desde la fecha prevista y que, por tanto, será el 20 de marzo en los que debían hacerlo el 1 de enero de 2021 y el 11 de mayo de 2021 cuando se citaba "a los dos años de su publicación...".

Atendiendo al mismo criterio jurídico, en caso de decretarse antes de estas fechas una nueva suspensión de plazos administrativos (no de declaración de estado de alarma), debería tenerse igualmente en cuenta.

29 de octubre de 2020