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Preguntes més freqüents. Servei de Selecció i Provisió

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Preguntas más frecuentes
Servicio de Selección y Provisión

- Convocatoria   
- Reserva para personas con discapacidad  
- Requisitos
- Documentación que se tiene que adjuntar a la solicitud
- Lugares de presentación
- Presentación de la solicitud para participar en bolsas de personal
- Pago de la tasa
- Publicación de listas
- Consulta personal
- Últimos comunicados
- Subsanación de los defectos
- Portal del interino
- Contactar con el Servició de Selección y Provisión

Convocatoria


P. ¿Qué tipos de procedimientos gestiona el Servicio de Selección y Provisión de la EBAP?
R. El Servicio de Selección y Provisión, dependiente del Departamento de Formación y Selección, se encarga de tramitar los procesos de selección del personal funcionario y laboral, además de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

P. ¿Cómo se seleccionan las personas para formar parte de una bolsa de personal?
R. Las personas aspirantes se seleccionan mediante el procedimiento de concurso, el cual consiste en la valoración de los méritos que detalla el anexo de cada convocatoria.

P. ¿Cuándo me puedo presentar a los procedimientos de selección de personal funcionario interino o de categorías profesionales?
R. Una vez que se publican las bases de la convocatoria del procedimiento del concurso para constituir la bolsa, las personas interesadas en participar tienen que presentar una solicitud para la especialidad indicada dentro del plazo que establezca la convocatoria.

P. ¿Cómo se computa el plazo hábil de presentación de solicitudes?
R. De acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

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Reserva para personas con discapacidad

P. ¿Cómo se gestiona la reserva para personas con discapacidad de las bolsas?
R. De acuerdo con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva una cuota de un 7 % de las vacantes para que las cubran personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, sin perjuicio de que se tenga que acreditar la compatibilidad con las funciones de la categoría profesional correspondiente. A este efecto, se tienen que ofrecer las vacantes número 7 y las posteriores de catorce en catorce de la bolsa. No obstante, se tienen que ofrecer también puestos de trabajo cuando corresponda por la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

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Requisitos

P. ¿Cuáles son los requisitos y las condiciones de las personas aspirantes para participar en las convocatorias?
R. En la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes tienen que cumplir, como mínimo, los requisitos siguientes (las bases de cada convocatoria especifican los requisitos específicos), de los cuales tienen que estar en posesión durante todo el proceso selectivo:

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra en los casos en que, de acuerdo con el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), se permita el acceso al empleo público.

b) Tener 16 años cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No haber estado separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitadas de manera absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

d) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal en la forma que establece la base de la convocatoria. De acuerdo con lo que prevé el artículo 15 de la Ley 14/1998, de 23 de diciembre, de varias medidas tributarias y administrativas, quedan exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

e) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo a que corresponde la bolsa específica a la que optan.

f) Estar en posesión del título académico exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas al extranjero, hay que aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1665/1

y otras normas de transposición y despliegue.

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Documentación que se tiene que adjuntar a la solicitud

P. ¿Qué documentación tengo que adjuntar a la solicitud de participación en una bolsa de personal funcionario interino o de categoría profesional?
R. Las personas aspirantes tienen que adjuntar a la solicitud, como mínimo, la documentación siguiente (las bases de cada convocatoria especifican los requisitos específicos):

a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en el caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).

b) Una fotocopia compulsada del título académico exigido para formar parte de la bolsa del cuerpo solicitado (anverso y reverso). El justificante de pago de los derechos de expedición de este sólo tiene validez hasta la expedición del título. Se presume que el título ha sido expedido cuando han transcurrido más de dos años desde la emisión del justificante del pago de los derechos de expedición; en este caso, las personas aspirantes quedan excluidas y tienen que acreditar la posesión del título en el plazo de subsanación de las deficiencias de la solicitud que establece la base de la convocatoria, o bien justificar, mediante un certificado de la universidad correspondiente, que el título todavía no ha sido expedido.

Las personas aspirantes, en vez de presentar la documentación a que se refieren los puntos a) y b), pueden dar el consentimiento expreso a fin de que la Administración consulte y compruebe los datos y los documentos necesarios, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3.2 del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos (las personas aspirantes a las que todavía no se haya expedido el título académico tienen que presentar en papel el certificado correspondiente).

c) El resguardo del pago de la tasa efectuado según la vía seleccionada (telemática o manual). El importe de la tasa se establece en cada convocatoria.

d) Una declaración responsable de las personas aspirantes de cumplir el requisito de tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponde la bolsa específica a la que se opta.

e) Para las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %, un certificado de los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Servicios Sociales, o del organismo público equivalente, sobre las condiciones personales de aptitud para ejercer las funciones correspondientes en el cuerpo de la bolsa a la que la persona candidata aspira, el cual debe expresar que se encuentra en condiciones de cumplir las tareas fundamentales del cuerpo mediante, si corresponden a juicio de la Administración, las adaptaciones necesarias del puesto de trabajo.

f) La documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, en la forma que establecen las bases de cada convocatoria. No se puede valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Por otra parte, las personas aspirantes deben indicar un teléfono a efectos de comunicación con la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Asimismo, también tienen que facilitar una dirección de correo electrónico a los efectos de notificación y comunicación de trámites relativos a la tramitación del procedimiento de concurso, siempre que la persona interesada disponga de los medios técnicos necesarios y lo autorice expresamente en el formulario de solicitud que se facilita a este efecto.

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Lugares de presentación

P. ¿Qué registros son hábiles para presentar la documentación?
R. En la página del Gobierno de las Islas Baleares, en su apartado Atención a la ciudadanía (<http://www.caib.es>) se pueden consultar las oficinas de registro.

De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

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Presentación de la solicitud para participar en bolsas de personal

P. ¿Cómo puedo presentar la solicitud para participar en los procesos selectivos?
R. Hay dos opciones: adelantar la solicitud por vía telemática o de manera manual. Se recomienda adelantar la solicitud por vía telemática, porque es más ágil y simplificado.

P. ¿Cómo puedo adelantar la solicitud de participación por vía telemática?
R. Existe la posibilidad de pagar la tasa y rellenar el modelo de solicitud de forma telemática.

Para ello, se tiene que acceder al Portal del opositor (<http://oposicions.caib.es>) y crear una nueva solicitud. A continuación tenéis debe rellenarse el formulario de datos de la persona solicitante y el apartado de documentación alegada. Se deben seguir los pasos que indica el programa, pagar la tasa telemáticamente y finalizar el proceso.

Hay que imprimir la solicitud, tiene que firmarse y debe presentarse, junto con el resto de documentación que hay que adjuntar conforme a las bases, en el Registro de la EBAP, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (c/ del Gremio de Corredors, n.º 10, 3º, polígono de Son Rossinyol, 07009 Palma) o en alguna otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (click aquí para consultar las oficinas de registro de la CAIB).

Con respecto a la documentación requerida, en el caso del documento nacional de identidad y del título académico exigido para formar parte de la bolsa, las personas aspirantes, en vez de presentarlos, pueden dar el consentimiento expreso marcando la casilla de la solicitud a este efecto, a fin de que la Administración consulte y compruebe los datos y los documentos necesarios, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3.2 del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

La solicitud no será válida hasta que no se haya presentado debidamente, de acuerdo con el párrafo anterior.

P. ¿Qué ruta tengo que seguir en la web de la EBAP para poder rellenar la solicitud por vía telemática?
R. En el Portal del opositor (<http://oposicions.caib.es>), en la sección Convocatorias en proceso, se tiene que buscar la convocatoria correspondiente.

Una vez que se ha hecho clic sobre esta, se despliega la relación de procesos convocados; se debe seleccionar el proceso en el que se desea participar y escoger la isla, en su caso.

En este punto, la pantalla muestra los apartados Información de interés y Solicitud telemática.

En el primer apartado se puede consultar el enlace de Requisitos, plazos y documentación a aportar para presentarse.

En el segundo apartado, de Solicitud telemática, se puede Crear una nueva solicitud (hay que hacer clic para acceder al formulario). Aquí se dan 3 opciones para identificarse: con usuario (para personal de la Administración de la CAIB), con certificado digital y anónimamente (identificación con el documento nacional de identidad o documento acreditativo de la personalidad).

En la columna de la izquierda de la página figuran los enlaces siguientes: Consulta personal y Pago de la tasa.

Con respecto a la documentación requerida, en el caso del documento nacional de identidad y del título académico exigido para formar parte de la bolsa, las personas aspirantes, en vez de presentarlos, pueden dar el consentimiento expreso marcando la casilla de la solicitud a este efecto, a fin de que la Administración consulte y compruebe los datos y los documentos necesarios, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3.2 del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

Finalmente, las solicitudes y el resto de documentación requerida se tienen que presentar en el Registro de la EBAP, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o en alguna otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (click aquí para consultar las oficinas de registro de la CAIB).

P. ¿Cómo puedo presentar la solicitud para participar en los procesos selectivos, si no tengo la posibilidad de rellenarla y adelantarla por vía telemática?
Si no se puede rellenar ni adelantar la solicitud por vía telemática, los modelos de participación se encuentran anexados en la página de la EBAP (<http://ebap.caib.es>), dentro del apartado Accesos Directos, al enlace Selección y Provisión, en el menú Destacados.

Además, los impresos de solicitud para participar en la convocatoria están a disposición de las personas interesadas en la sede de la EBAP; en todas las consejerías; en los consejos insulares de Menorca, de Ibiza y de Formentera, y en la web de la EBAP (<http://ebap.caib.es>).

Para participar debe rellenarse el formulario con los datos correspondientes a cada apartado siguiendo las instrucciones que se indican; a continuación, hay que imprimir el formulario, firmarlo y presentarlo, junto con la documentación que hay que adjuntar de acuerdo con las bases, en el Registro de la EBAP, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (c/ del Gremio de Corredors, n.º 10, 3º, polígono de Son Rossinyol, 07009 Palma) o en alguna otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (click aquí para consultar las oficinas de registro de la CAIB). Para pagar la tasa, se debe entrar en la web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), rellenar e imprimir el documento modelo 046 y realizar el pago en una de las entidades colaboradoras (Caixabank, Bankia, Banca March, BBVA, Banco Santander, Banco Popular, Banco Sabadell, Cajamar-Caja Rural, Deutshe Bank, Targobank, Colonya, Caixa de Pollença e IberCaja).

En todo caso, el justificante del pago de la tasa se tiene que adjuntar a la solicitud de participación en el proceso selectivo, y se debe identificar al pagador de esta tasa.

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Pago de la tasa

P. ¿Cómo puedo realizar el pago en la web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), si no he podido rellenar la solicitud ni adelantarla por vía telemática?
Si no se puede presentar la solicitud por vía telemática, hay dos opciones para realizar el pago de la tasa que establece la convocatoria:

En el primer caso, en el Portal del opositor (<http://oposicions.caib.es>) se tiene que buscar la convocatoria correspondiente a la sección Convocatorias en proceso.

Una vez que se hace clic sobre esta, se despliega la relación de procesos convocados; se debe seleccionar el proceso en que se desea participar y escoger la isla, en su caso.

En la columna de la izquierda de la página figura el enlace de pago de la tasa, que remite a la página de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares, donde se deben seguir los pasos siguientes: en la lista de consejerías, seleccionar la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas; después, seleccionar la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) y, a continuación, la tasa por los servicios de selección de personal. Finalmente, hay que escoger la tasa correspondiente que establece la convocatoria.

En el segundo caso, se debe entrar en la web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), rellenar e imprimir el documento modelo 046 y realizar el pago en una de las entidades colaboradoras (Caixabank, Bankia, Banca March, BBVA, Banco Santander, Banco Popular, Banco Sabadell, Cajamar-Caja Rural, Deutshe Bank, Targobank, Colonya, Caixa de Pollença e IberCaja).

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Publicación de listas

P. ¿Cuándo se publican las listas de las diferentes fases del procedimiento?
R. El plazo de publicación de las diferentes listas depende de una serie de factores, de componente aleatorio. Por un lado, el número de solicitudes que se presentan para participar en la convocatoria, la manera de presentación y la procedencia geográfica afectan a la duración del ciclo. Por el otro, la coincidencia en el tiempo de varias convocatorias de procesos selectivos también incide en el tiempo de resolución, ya que los recursos humanos son finitos.

P. ¿Dónde puedo consultar las listas de las diferentes fases del procedimiento?
R. Dependiendo de la fase del procedimiento, las bases de la convocatoria establecen los puntos donde se tienen que hacer públicas las listas. Así, se pueden consultar las listas provisionales y las definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en los tablones de anuncios de la EBAP y de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas; en las sedes de los consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera, y en el Portal del opositor del Gobierno de las Islas Baleares. Con respecto a las valoraciones de los méritos, se tienen que hacer públicas en los tablones de anuncios de la EBAP y de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y en la web de la EBAP. Finalmente, la lista definitiva de las personas aspirantes que forman parte de la bolsa se tiene que hacer pública en el tablón de anuncios de la EBAP, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web de la EBAP del Gobierno de las Islas Baleares.

P. ¿Cómo puedo consultar las listas de las diferentes fases del procedimiento en el Portal del opositor y en la página web del EBAP?
R. Para consultar las listas en el Portal del opositor (<http://oposicions.caib.es>), se debe acceder a la sección Convocatorias en proceso y buscar la convocatoria correspondiente. Una vez que se hace clic sobre esta, se despliega la relación de procesos convocados; hay que seleccionar el proceso en que se haya participado y escoger la isla, en su caso. En este punto, la pantalla muestra las diferentes listas del procedimiento.

Por otra parte, también se puede consultar la página de la EBAP (<http://ebap.caib.es>); en la página principal, a la derecha está el menú Accesos Directos y el enlace de Selección y Provisión. Aquí se publican las novedades de la publicación de las diferentes listas.

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Consulta personal

P. ¿Cómo puedo acceder en mi expediente de participación en los procesos selectivos?
R. Podéis consultar el enlace de Consulta personal en el Portal del opositor. Si se introduce el DNI (sin letra) y la fecha de nacimiento (separada por barras) se puede consultar si la solicitud de participación está admitida o excluida, el motivo de exclusión, en su caso, y la valoración de los méritos aportados que hace pública la Comisión Técnica de Valoración.

P. ¿Por qué, cuando accedo a mi expediente de participación en los procesos selectivos mediante la opción de Consulta personal, no aparecen mis datos actualizados ni mi nivel de conocimientos de catalán?
R. La razón es que hasta que no se publican las diferentes listas, los datos que aparecen en el buscador de Consulta personal no están revisados ni introducidos correctamente. Se tiene que esperar a que se publiquen las listas para poder consultar este enlace a fin de que la información que proporcione sea veraz.

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Últimos comunicados

P. ¿Dónde se publican los comunicados de los diferentes procesos de selección?
R. En el Portal del opositor (<http://oposicions.caib.es>), en la franja de la izquierda figura el menú de Últimos comunicados. Aquí se publican las novedades de las diferentes convocatorias en proceso, como plazos de presentación de solicitudes de participación y de subsanación, fechas de revisión o requerimientos de la Comisión Técnica de Valoración.

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Subsanación de los defectos

P. ¿De qué plazo dispongo para subsanar la exclusión de una bolsa de trabajo en que he participado y cómo puedo hacerlo?
R. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y comprobada la documentación relativa a los requisitos para participar en el procedimiento que han presentado las personas interesadas, se publica la resolución por la que se aprueba la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de la exclusión, en los tablones de anuncios de la EBAP y de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, y en las sedes de los consejos insulares de Menorca, Ibiza y Formentera. Asimismo, se pueden consultar en la página web <http://oposicions.caib.es>.

Con el fin de evitar errores y, si se producen, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes tienen que comprobar que no figuran en la relación de personas excluidas, y que, además, constan en la lista de personas admitidas.

Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de unos determinados días hábiles (que establecerá cada convocatoria), a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar el defecto o adjuntar el documento que sea preceptivo. En la publicación de esta resolución se les debe advertir de que la Administración les tendrá por desistidos de su solicitud si no cumplen el requerimiento.

Acabado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, si procede, las solicitudes, la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas tiene que dictar una resolución por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta resolución se tiene que hacer pública en los mismos puntos que se han indicado para la publicación de la resolución provisional.

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Portal del interino

P. ¿Dónde puedo consultar la gestión de los diferentes procesos de selección en los que he participado?
R. En el Portal del opositor (<http://oposicions.caib.es>), en la franja de la izquierda figura el enlace al Portal del interino. Si se introduce el DNI (sin letra) y la fecha de nacimiento (separada por barras) se puede acceder a la gestión de las diferentes bolsas de personal funcionario interino o personal laboral en las que se ha participado y se puede consultar en qué posición de las bolsas se encuentra la persona aspirante.

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Contactar con el Servició de Selección y Provisión

P. ¿Cómo puedo contactar con el Servicio de Selección y Provisión de la EBAP?
R. Se puede contactar con el Servicio de Selección y Provisión de la EBAP mediante un mensaje de correo electrónico a la dirección <oposicions@caib.es>.

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